Cotización Online
SEGURO MUJER
Seguro Mujer Indemnizaciones ante diagnosticos de enfermedades Oncologicas.
En estos tiempos que la Mujer es el pilar economico de la familia, se hace imprescindible para velar por la continuidad del proyecto de los hijos hasta que se independicen y luego tener una fuente de recursos,
para que através del ahorro que estas coberturas preveen tener cierta tranquilidad en la etapa pasiva
Riesgos Cubiertos
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Muerte: por cualquier causa.
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Muerte Accidental
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Muerte e Indemnización por accidente
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Invalidez total y permanente adicional
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Invalidez total y permanente sustitutiva
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Enfermedades Graves
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Enfermedades Críticas
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Adelanto por Enfermedad Terminal
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Fallecimiento del Cónyuge
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Exención de la Prima Pactada por Invalidez Total y Permanente
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Exención de la Deducción Mensual por Invalidez Total y Permanente
El componente de AHORRO está pensado para que obtengas un rendimiento garantizado en el tiempo a través de la asignación de intereses periódicos, sin incurrir en los riesgos vinculados al manejo de inversiones.
Para capitalizar el ahorro, el producto dispone de dos Fondos Comunes:
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Moneda Pesos: Garantizado Pesos (Mínimo 4% Anual)
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Moneda Dólar: Garantizado Dólar (Mínimo 2% Anual)
Contarás con una cuenta individual de capitalización expresada en cuotapartes y podrás disponer de los ahorros de acuerdo a las condiciones establecidas.
Este producto te permite:
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Seleccionar dos opciones de indemnización:
(A) Suma asegurada o 110% del saldo de la cuenta individual (de ambos, el que fuere mayor)
(B) Suma asegurada + saldo de la cuenta individual. -
Contratar en moneda peso o dólar.
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Ampliar las coberturas en cualquier momento.
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Solicitar retiros parciales.
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Realizar aportes extraordinarios para incrementar tus ahorros.
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Deducir el seguro de vida del impuesto a las ganancias.
La Aseguradora pagará el capital asegurado estipulado en las Condiciones Particulares cuando a la Asegurada le sea diagnosticado clínicamente por primera vez, después de finalizado el período de carencia y durante la vigencia del seguro, alguno de los cánceres primarios específicos enumerados a continuación:
Cáncer del cérvix o cuello uterino, Cáncer de mama, Cáncer del endometrio uterino, Cáncer de los ovarios.
En caso de ser la Asegurada diagnosticada con un cáncer no cubierto por la cobertura ?a excepción del cáncer de piel no melanoma-, se le devolverá a la Asegurada la suma correspondiente al valor nominal de las primas pagadas durante el año calendario del diagnóstico, hasta el momento de la efectuación del mismo.